La Ley N° 21.719 entra en plena vigencia el 1 de diciembre de 2026 y moderniza el tratamiento de datos personales en Chile. Los datos de salud son sensibles y requieren consentimiento y resguardos reforzados. DOOIF·CONT está diseñada para acompañar ese cumplimiento.
Los datos se tratan solo para agendar y contactar respecto de la atención de salud.
Cifrado AES-256-GCM, TLS en tránsito y aislamiento por institución con Row-Level Security.
Cada institución accede únicamente a sus propios datos; separación estricta multi-tenant.
Auditoría de accesos y bitácora de gestiones como evidencia de accountability.
La contactabilidad de salud tratada con los resguardos que exige la normativa.
| Requisito (Ley 21.719 / 20.584) | Cómo lo apoya DOOIF·CONT |
|---|---|
| Datos sensibles de salud con medidas reforzadas | Cifrado AES-256-GCM + RLS por institución + control de acceso |
| Consentimiento del titular | Registro de consentimiento por canal (patient_consents) |
| Derecho de oposición | Opt-out del paciente y marca de contactabilidad por contacto |
| Derecho de acceso / rectificación | Ficha del paciente y sus contactos administrables |
| Derecho de supresión | Rutina de destrucción de datos del paciente |
| Notificación de brechas (72 h) | Auditoría + observabilidad para detectar y evidenciar incidentes |
| Control de acceso | Autenticación JWT + MFA (TOTP); usuario maestro separado |
| Transparencia y trazabilidad | Bitácora de envíos y conversación; informes exportables |
Aviso. Esta información tiene fines informativos y de gestión, no constituye asesoría legal. DOOIF·CONT aporta funcionalidades que apoyan el cumplimiento de la Ley N° 21.719 y la Ley N° 20.584; el cumplimiento efectivo depende también de los procesos, contratos y decisiones de cada institución responsable del tratamiento. La residencia de datos del entorno de demostración no es apta para producción con datos reales de pacientes.